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Argirópolis Domingo Faustino Sarmiento
Prólogo
Argirópolis fue publicada por primera vez en 1850, en
Santiago de Chile, sin nombre de autor. Sarmiento, sin duda, quiso que fuera un
testimonio anónimo, para dar más eficacia a su proyecto, que intentaba
superar, en la coincidencia de intereses políticos y económicos comunes, los
conflictos internos y externos de la Argentina, Uruguay y Paraguay. El título
del libro define el ambicioso propósito: "Argirópolis o la Capital de los
Estados Confederados del Río de la Plata. Solución de las dificultades que
embarazan la pacificación permanente del Río de la Plata, por medio de la
convocación de un Congreso, y la creación de una capital en la isla de Martín
García, de cuya posesión (hoy en poder de la Francia) dependen la libre
navegación de los ríos, y la independencia, desarrollo y libertad del
Paraguay, el Uruguay y las provincias argentinas del Litoral".
Se tiraron del libro, editado por la imprenta de Julio Belin, dos mil
ejemplares, cifra considerable para la época. Simultáneamente, con fecha 30 de
junio de 1850, apareció en Santiago una traducción francesa, "improvisada
en cuarenta y ocho horas, en ausencia de M. Sarmiento", dice en la misma su
autor, J. M. B. Lenoir, Vice Rector del Liceo de Valparaíso. La traducción fue
muy deficiente y poco tiempo después se publicó en París, por la imprenta
Eugene Belin, una nueva, hecha por Ange Champgobert, a quien Sarmiento había
conocido durante su viaje a Europa y lo había convertido en corresponsal del
diario Tribuna. En ambas traducciones figura el nombre del autor de la obra,
Domingo Faustino Sarmiento, con algunos de los títulos que ya podía ostentar:
miembro de la Universidad de Chile, del Instituto Histórico de Francia y de la
Facultad de profesores de enseñanza primaria de Madrid. Va de suyo que
Sarmiento intentó con esa traducción de su obra interesar a las autoridades y
a la opinión pública francesas en ese proyecto constitucional, que no tenía
nada de improvisado. Un año después de su primera edición en español, o sea
en 1851, anunciado ya el Pronunciamiento de Urquiza contra Rosas, Sarmiento pensó
que su nombre ya no era un obstáculo previsible para difundirlo como autor del
libro; había recibido el apoyo de Urquiza en carta en la que le decía:
"Yo estoy colocado en la posición que Ud. tan vivamente deseaba".
Juzgó entonces que podía dar a conocer su autoría y lo hizo de una manera
singular: aprovechó la publicación de una memoria que había escrito en
Alemania sobre "Emigración alemana al Río de la Plata", enriquecida
con notas del Dr. Wappaüs (Vappaús dice en esa primera edición) de la
Universidad de Gotinga, ambas traducidas por el Dr. Hilliger, para agregar al título
esta expresión: "Y seguida de Argirópolis", incluyendo esta obra en
el mismo volumen, con lo cual daba a conocer su autoría. Emigración alemana al
Río de la Placa no es libro ajeno al proyecto de Argirópolis, como no lo son
ninguno de los libros y artículos publicados por Sarmiento a su regreso de su
viaje a Europa, África y Estados Unidos; el tomo VI de sus Obras recoge, bajo
el título general de "Política argentina" muchos de esos artículos,
todos anteriores a Argirópolis, en los que Sarmiento demuestra una sorprendente
capacidad intelectual para la teoría y práctica constitucional, como lo han señalado,
en estudios que le han dedicado, Rafael Bielsa, Clodomiro Zavalía, Alfredo
Orgaz, Absalón Rojas, Héctor Lanfranco, Alberto Rodríguez Galán, Segundo V.
Linares Quintana, Natalio Botana, José R. López, y en sendos libros sobre
Sarmiento y la Constitución, Alberto Mosquera y Dardo Pérez Guilhou. Esta
acotación bibliográfica parece oportuna, para reiterar que Argirópolis no fue
fruto de una improvisación, como algunos han calificado con injusticia, a buena
parte de la obra de Sarmiento, sino fruto de severos estudios y reflexiones,
trasmutados en el apasionado estilo que definió su personalidad de escritor.
Argirópolis es libro fundamental en la obra de Sarmiento, pero lo es también
para quien se interese en el estudio del proceso institucional del país, sobre
todo a partir de 1827, desde que el Gobernador Manuel Dorrego solicitó el cargo
de Encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina, que le
fue concedido, afirma una y otra vez Sarmiento, a título provisorio, hasta
tanto se reuniese la Convención o Congreso General que dictara la Constitución
que debía regir en el país unificado. Ya en el capítulo "Presente y
porvenir" de su clásico Facundo había insistido en recordar a todos y
especialmente a Rosas, las estipulaciones del Pacto Federal de 1831, por las que
se establecía que una vez lograda la tranquilidad y libertad de cada una de las
provincias adheridas al Pacto, se arreglara por medio de un Congreso Federativo
la administración del país bajo el sistema federal que Sarmiento juzgaba se
había impuesto en los hechos. La Comisión representativa creada en dicho Pacto
para hacer cumplir la finalidad esencial del mismo, funcionó poco tiempo, pues
Rosas retiró su delegado, a fin de que dicha Comisión no limitara el poder que
él ejercía ya sobre todo el país, no obstante la tenaz resistencia de algunas
provincias, plegadas después a la autoridad de Rosas.
Al escribir Argirópolis en 1850, Sarmiento había estudiado todos los pactos
firmados hasta entonces; tenía una clara percepción de lo hacedero y advertía
muy bien las fronteras psicológicas que separaban provincias y países, más
que las geográficas e históricas. Ninguna política exterior es inocente:
Sarmiento lo sabía bien y por eso trató de separar y condenar la ambición de
dominio perdurable de las grandes potencias, mediatizadoras de países recién
nacidos, de aquellas contingencias del poderío comercial, que él alentaba
combatir con armas similares, proyectadas hacia el futuro.
El tono general de su libro -ya señalamos su propósito de anonimato- razonado,
bien documentado y apacible, se expresa en estos párrafos de su introducción:
"Ningún sentimiento de hostilidad tienen estas páginas, que tienen por
base el derecho escrito que resulta de los tratados, convenciones y pactos
celebrados entre los gobiernos federales de la República o Confederación
Argentina". Y agrega que el propósito de su libro es "terminar la
guerra, constituir el país, acabar con las animosidades, conciliar intereses de
suyo divergentes, conservar las autoridades actuales, echar las bases del
desarrollo de la riqueza y dar a cada provincia y cada estado comprometido lo
que le pertenece". Señala la gravitación de Francia en la solución
posible de la cuestión -y era obvio que no podía no tenerla en cuenta- sobre
todo, agrega Sarmiento, en lo que concierne al dominio sobre la isla Martín
García, cerrojo de los ríos que confluyen en el Plata y que son para él -y
los hechos lo comprobaron- las arterias de los Estados, "que improvisan en
pocos años pueblos, ciudades, riquezas, naves, ideas, etc."
Sarmiento no pide el reconocimiento de ninguna originalidad personal en esas
ideas. Son las de la precaria tradición institucional, y las expuestas en
trabajos de Juan Bautista Alberdi, Andrés Lamas, Félix Frías, Mariano
Fragueiro, Pedro Ferré, Facundo Quiroga y Florencio Varela. El agregó las
suyas, en las que había mucho de intuición y mucho de estudio, sobre todo de
la entonces exitosa experiencia norteamericana, y a todas las unificó en un
proyecto coherente, realizable, hasta donde lo comprendieran y aceptaran las
partes interesadas, incluyendo su proposición calificada como utópica de la
capital en la isla Martín García. Paul Groussac la calificó de "fantasía"
y lo repitió Emilio Ravignani, con más comprensión de su finalidad
transitoria. Años después de la aparición de Argirópolis, Sarmiento
relativizó aquella iniciativa, pero no tenía que arrepentirse de haberla
propuesto: bajo el influjo de la solución encontrada en los Estados Unidos para
no declarar capital a la ciudad más poderosa, Nueva York, vio en la isla de
Martín García una solución abarcadora de todos los problemas y abierta como
un abanico, por su condición de cerrojo de los ríos, a las comunicaciones
fluviales que, según él, podían llegar hasta el Orinoco. Porque ese era el
punto capital en la concepción política de Sarmiento: las vías de comunicación
que abrirían a la circulación los productos de la región y el intercambio con
Europa.
Sobre la cuestión había escrito en numerosos artículos, con sorprendente
conocimiento geográfico, como lo destacó el historiador padre Guillermo
Furlong en "Sarmiento y la geografía". En la iniciativa sarmientina,
como asimismo había señalado en el Facundo, los vínculos entre la Argentina,
el Uruguay y el Paraguay, que algunos críticos juzgaron como intento de
reconstruir el Virreynato del Río de la Plata, que con verdad puede decirse que
nunca llegó a establecerse cabalmente, esos vínculos y las formas que
adquirieran, debían surgir del acuerdo espontáneo, sin presiones, de las
partes interesadas. Dice Sarmiento: "Lejos de nosotros la idea de querer
someter a la República del Uruguay, ni al Paraguay, a condiciones que no hayan
sido libremente discutidas por ellos. Por esto que pedimos la reunión de un
Congreso General, en que todos los intereses sean atendidos y que el pacto de
unión y federación se establezca bajo tales bases". Sarmiento pensaba que
con argumentos tales, Rosas no podría seguir oponiéndose a la realización del
Congreso, cláusula fundamental del pacto de 1831. Rosas tenía sus razones para
oponerse, como lo afirmó en la carta a Facundo Quiroga, escrita en la Hacienda
de Figueroa, pero no tenía razón. Rosas fue un bonaerense, lo fue siempre; aun
en el exilio ponderaba el poderío que el destino, según él, había dado a la
provincia el puerto; la carta que escribió a Terrero en 1869, publicada por
Enrique M. Barba, es significativa de su creencia en una Buenos Aires como
Estado soberano.
Argirópolis es libro esencial, aunque no frecuentado. Debe volverse a su texto,
bajo la luz del proyecto y realización del Mercosur. Emilio Ravignani
consideraba que Argirópolis es de lectura indispensable, por las intuiciones
geniales de Sarmiento, entre las que no incluye la idea de la isla de Martín
García como capital. Pero sin duda es relevante el juicio de Julio Irazusta, el
acrisolado historiador de la época de Rosas, que examinó sin concesiones, y en
ocasiones con injusticia, la acción de Sarmiento. De Argirópolis dice:
"Salvo errores inevitables en el espíritu faccioso que lo anima siempre
-dice IrazustaSarmiento escribe el primer estudio sobre el desarrollo
constitucional, que se haya intentado antes de nuestra generación,
interpretando a la luz de los hechos y no de las teorías. La parábola que va
de la disolución del cuerpo nacional en 1827, hasta la creación del Encargo de
las Relaciones Exteriores por borrego, está descripta en Argirópolis de modo
que no ha sido superado por los mejores "historiadores". Y agrega
Irazusta: "Hay un punto en el que no se le puede negar la influencia que
ejerció en los acontecimientos. Gran parte del libro está destinada a proponer
un programa, que Urquiza habría de hacer suyo: el de convocar un Congreso
Nacional, que iba a resolver automáticamente todos los problemas, según el
utopismo constitucionalista del siglo XIX, mil veces fracasado -dice Irazusta-
pero siempre renaciente".
En los últimos años, libros y artículos de relevantes maestros del derecho
constitucional han probado que no hubo en Sarmiento utopismo de regodeo, sino
claro y apasionado sentido de lo hacedero, para la formación institucional del
Estado argentino, que lo tuvo y tiene como uno de sus mentores, y en este caso
especialmente de la "plegaria de Argirópolis" como la calificó Aníbal
Ponce. JAVIER FERNÁNDEZ INTRODUCCIÓN
DEL AUTOR
¿Cuántos años dura la guerra que desola las márgenes del
Plata? ¿Cuánta sangre y cuántos millones ha costado ya y cuántos ha de
costar aún? ¿Quiénes derraman esa sangre, y cuya es la fortuna que se
malgasta? ¿Quién tiene interés en la prolongación de la guerra? ¿Por qué
se pelean y entre quiénes? ¿Quién, en fin, puede prever el desenlace de
tantas complicaciones? ¿No hay medio al alcance del hombre para conciliar los
diversos intereses que se chocan?
El presente opúsculo ha sido escrito con la mente de sugerir, por el estudio de
los antecedentes de la lucha, la geografía del país y las instituciones
argentinas, un medio de pacificación que a la vez ponga término a los males
presentes y ciegue en su fuente la causa de nuevas complicaciones, dejando
definitivamente constituidos aquellos países.
Este criterio se dirige a los gobiernos confederados de las provincias
argentinas, al jefe de las fuerzas que sitian a Montevideo y al agente de la
Francia, que sostiene la defensa de la plaza creyendo interesada la suerte de
sus nacionales en el desenlace de la lucha. Todos estos y el gobierno del
Paraguay son personajes obligados de aquel sangriento drama. Los pueblos
argentino y oriental, bajo la presión del azote de la guerra y los poderes
absolutos e irresponsables con que han armado a sus gobiernos para ponerlos a la
altura de las dificultades con que luchan, los pueblos, decíamos, no tienen un
carácter activo en los sucesos. Sufren, pagan y esperan.
Ningún sentimiento de hostilidad abrigan estas páginas, que tienen por base el
derecho escrito que resulta de los tratados, convenciones y pactos celebrados
entre los gobiernos federales de la República o Confederación Argentina. Las
medidas que proponemos son, a más de legítimas y perfectamente legales,
conformes al derecho federal que sirve de base a todos los poderes actuales de
la Confederación. Tienen su apoyo en el interés de todos los actores en la
lucha, se fundan en la constitución geográfica del país, y lo que apenas podría
esperarse, dejan a cada uno en el puesto que ocupa, a los pueblos libres sin
subversión, la guerra concluida sin derrota, y el porvenir asegurado sin nuevos
sacrificios.
Terminar la guerra, constituir el país, acabar con las animosidades, conciliar
intereses de suyo divergentes, conservar las autoridades actuales, echar las
bases del desarrollo de la riqueza y dar a cada provincia y a cada Estado
comprometido lo que le pertenece, ¿no son, por ventura, demasiados bienes para
tratar con ligereza el medio que se propone para obtenerlos?
La Francia esta en primera línea entre los Estados comprometidos en esta cuestión.
Sus rentas sostienen a Montevideo, sus armas ocupan a Martín García. Su decisión,
pues, ejerce una inevitable influencia en los destinos próximos y futuros de la
lucha; pero la dignidad de nación tan grande mezclada por accidente en
cuestiones de chiquillos, le impone el deber de dar una solución a la altura de
su poder y de la posición que ocupa entre las naciones civilizadas. La cuestión
del Río de la Plata es para la Europa entera de un interés permanente. La
emigración europea empieza a aglomerarse en aquellas playas; y las
complicaciones que su presencia ha hecho nacer en Montevideo se reproducirán en
adelante con más energía, en razón del aumento creciente de la emigración.
Hoy hay cien mil europeos en el Río de la Plata; dentro de cinco años habrá
un millón.
Los pueblos, como los hombres, se atraen y se buscan por afinidades de religión,
de costumbres, de clima, de idiomas y de todo lo que constituye el tinte
especial de una civilización. Predomina en el Río de la Plata la emigración
francesa, española, italiana; esto es, predomina la emigración católica
romana, meridional de la Europa, hacia los climas y países católicos romanos,
meridionales del nuevo mundo. La Francia es la nación que por su influjo, su
poder y sus instituciones representa en la tierra la civilización católica y
artística del Mediodía.
La Francia ha hecho bien de quedarse hasta el desenlace en el punto que su
posición le asigna en el Río de la Plata, punto adonde propenden
instintivamente los pueblos meridionales de Europa a reproducir su civilización,
sus instituciones y sus artes. La Inglaterra, el protestantismo, la industria
sajona, han encontrado en la América del Norte un pueblo digno de
representarlos en los destinos futuros del mundo.
¿Hay en Sudamérica terreno preparado para igual producción de la civilización
católica? ¡Piénselo bien la Francia! ¡Piénselo bien M. Leprédour! Estamos
ya cansados en América de esperar que los grandes de la tierra dejen de obrar
cual pigmeos.
Después de la Francia, quienes más pueden hacer por la realización de la pacífica
idea que emitimos son los gobiernos federales e independientes del litoral de
los ríos que forman el Plata. La cuestión es de vida o muerte para ellos. Martín
García, vuelto a poder del gobierno de Buenos Aires y un vapor de guerra paseándose
por las aguas del Paraná, el silencio, la sumisión, reinarán en ambas
orillas. ¡Adiós arreglo de la navegación de los ríos, tantas veces
solicitado por los gobiernos federales de Santa Fe, Corrientes y Entre Ríos, y
otras tantas mañosamente diferido a la decisión de un congreso, que ha puesto
el mayor arte en hacerlo olvidar; adiós, federación; adiós, igualdad entre
las provincias! El gobierno de Buenos Aires tendrá bajo su pie a los pueblos
del interior por la aduana del puerto único, como el carcelero a los presos por
la puerta que custodia.
Martín García es el cerrojo echado a la entrada de los ríos. ¡Ay de los que
quedan dentro, si el gobierno de una provincia logra atarse la llave al cinto!
Allí están los destinos futuros del Río de la Plata. El interior, al oeste de
la Pampa, se muere de muerte natural; está lejos, muy lejos de la costa, donde
el comercio europeo enriquece, y agranda ciudades, puebla desiertos, crea poder
y desenvuelve civilización.
Toda la vida va a transportarse a los ríos navegables, que son las arterias de
los Estados, que llevan a todas partes y difunden a su alrededor movimiento,
producción, artefactos; que improvisan en pocos años pueblos, ciudades,
riquezas, naves, armas, ideas. Si hay alguien, empero, a quien le interesa
mantener por algunos años más en el seno de la nada este porvenir asignado a
las provincias litorales, muy bisoño andaría si lo dejase nacer. El gobernador
de Entre Ríos ha sido unitario y es hoy sincero federal. Su nombre es la gloria
más alta de la Confederación. Jefe de un ejército que siempre ha vencido,
gobernador de una provincia donde la prensa se ha elevado, donde el Estado ha
organizado la instrucción primaria, las provincias de la Confederación y los
argentinos, separados de la familia común, ¿volverán en vano sus ojos a ese
lado, esperando que de allí salga la palabra congreso, que puede allanar tantas
dificultades?
Pero en la historia, como en la vida, hay minutos de que dependen los más
grandes acontecimientos. La Francia entregará la isla de Martín García al
encargado de las Relaciones Exteriores: nada más justo. ¿Y después? Después
la historia olvidará que era gobernador de Entre Ríos un cierto general que
dio batallas y murió de nulidad, oscuro y oscurecido por la posición de su
pobre provincia.
Nosotros hemos debido indicarlo todo, apuntar los medios y señalar el fin.
Entran en los primeros los hombres que deben y pueden ponerlos en ejercicio, sin
faltar a su deber, sin salir de los límites del derecho natural y escrito. No
se rompe bruscamente con los antecedentes, como no se improvisan hombres. El
general Urquiza es el segundo jefe expectable de la Confederación Argentina; él
la ha hecho triunfar de sus enemigos por las armas. A él, como gobernador de
Entre Ríos, le interesa vivamente la cuestión de que vamos a ocuparnos. ¿Será
él el único hombre que habiendo sabido elevarse por su energía y talento,
llegado a cierta altura no ha alcanzado a medir el nuevo horizonte sometido a
sus miradas, ni comprender que cada situación tiene sus deberes, que cada escalón
de la vida conduce a otro más alto? La historia, por desgracia, está llena de
ejemplos, y de esta pasta está amasada la generalidad de los hombres.
Por lo que a nosotros respecta, hemos cumplido con el deber, acaso por la última
vez, que nos impone la sangre argentina que corre por nuestras venas. Si no
hemos servido con nuestras ideas a la patria común, nuestro deseo de
conseguirlo es vehemente por lo menos. CAPITULO I ORIGEN Y CONDICIONES DEL ENCARGO DE LAS
RELACIONES EXTERIORES HECHO AL GOBIERNO DE BUENOS AIRES POR LAS PROVINCIAS DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA.
En todos los asuntos que dividen la opinión de los hombres conviene, antes de
entrar en discusión, fijar el sentido e importancia que se da a las palabras;
sucediendo con esto no pocas veces encontrarse que estaban de acuerdo en el
fondo, los que un momento antes no podían entenderse. Esta práctica,
aconsejada por la prudencia en asuntos ordinarios, debe ser escrupulosamente
aplicada a la discusión de la más grave cuestión que haya hasta hoy llamado
la atención de la América, cual es la que se debate actualmente por las armas
y la diplomacia, con la sangre y la fortuna de los pueblos del Río de la Plata.
Montevideo, el Paraguay, la navegación de los ríos, el encargado de las
Relaciones Exteriores, ningún hombre de éstos pasará por nuestra pluma sin
que hayamos consultado sus antecedentes, compulsado la historia y dádoles su
verdadera importancia, de manera que si no logran universal aceptación, las
consecuencias que habremos de deducir de los hechos que vamos a estudiar, los
principios y las causas de que emanan quedarán por lo menos fuera de
controversia, para servir de base a otras conclusiones contrarias emanadas de
juicio más recto que el nuestro. Por otra parte, es nuestro ánimo decidido
poner en este examen la más severa imparcialidad, a fin de alejar toda prevención
de espíritu, aun de parte de aquellos que menos dispuestos se sientan a
participar de nuestras opiniones.
Como el actor más conspicuo de la larga y ruidosa cuestión del Plata es el
encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina, hemos
debido antes de todo averiguar de dónde emanó este cargo, su objeto y
funciones, sin lo cual nos expondríamos a extraviarnos en la apreciación de
los hechos, por no conocer la importancia y el carácter de los personajes a
quienes está encomendada su dirección.
Durante los primeros años de la lucha de la independencia, como las Provincias
Unidas no estaban reconocidas por las naciones extranjeras, nuestras relaciones
exteriores eran insignificantes y poco ostensibles. La presidencia de don
Bernardino Rivadavia atrajo a Buenos Aires los agentes caracterizados de algunas
naciones europeas, entre ellas la Inglaterra, que acreditó cerca de él a un
agente de rango superior, como a potencia sólo inferior en jerarquía a tres o
cuatro grandes gabinetes europeos.
Con la disolución del congreso y la renuncia del presidente de la República,
la nación quedaba en estado de acefalía, no habiendo una autoridad emanada de
la voluntad y elección de las diversas provincias que la forman, cerca de la
cual los agentes diplomáticos pudiesen representar a sus respectivos gobiernos.
De aquí vino la necesidad, mientras la república se constituía, de encargar a
alguno de los gobiernos del mantenimiento de las relaciones exteriores.
El coronel borrego, entonces gobernador de Buenos Aires, solicitó este encargo
de los gobiernos de las provincias, los cuales lo concedieron ya directamente,
ya por delegados, ya, en fin, por ley sancionada por las legislaturas. Del
contexto e ilación de los diversos artículos de aquellas convenciones con que
se hacía el encargo de las relaciones exteriores al gobierno de Buenos Aires,
que lo solicitaba, el cual no era otro que parar los inconvenientes del momento,
mientras se reunía un cuerpo deliberante, fuese congreso o convención
preliminar, a lo cual debía procederse inmediatamente, anticipándose el
gobierno de Buenos Aires, hasta señalar en dichas estipulaciones el lugar que
creía adecuado para la próxima reunión del Congreso.
En la convención celebrada por don Manuel Moreno, a nombre del gobierno de
Buenos Aires, con el de Córdoba, se acordó por el artículo VII que "los
gobiernos de Buenos Aires y de Córdoba convenían en invitar por sí, con
previo acuerdo del de Santa Fe, a las demás provincias de la república a la
reunión de un congreso nacional para organizarla y constituirla...", y por
el artículo VIII se estipulaba que "interín se instala
constitucionalmente el gobierno general de la república, el de la provincia de
Córdoba autoriza por su parte al de Buenos Aires para dirigir las relaciones
exteriores y se compromete a solicitar la autorización de los gobiernos con
quienes no esté en disidencia"1.
El artículo XV de la convención celebrada en Santa Fe y Buenos Aires, por el
enviado ad hoc, don Tomás Guido, dice: "Los gobiernos de Buenos Aires y
Santa Fe convienen en invitar a las demás provincias de la república a la
convención y reunión de un congreso nacional para organizarla y
constituirla." Por el artículo XVI el gobierno de Santa Fe autoriza al de
Buenos Aires "para dirigir las relaciones exteriores con los Estados
europeos y americanos, y se compromete a recabar el accesit de las provincias de
Corrientes y Entre Ríos"2.
Por el tratado celebrado el 4 de enero de 1831 entre Buenos Aires, Santa Fe y
Entre Ríos, y ratificado por el general Balcarce en Buenos Aires en 10 de
enero, las partes contratantes estipularon: "Invitar a todas las demás
provincias de la República a reunirse en federación con las tres litorales, y
a que por medio de un congreso general federativo se arregle la administración
general del país bajo el sistema federal, su comercio interior y exterior, su
navegación, el cobro y distribución de las rentas generales, consultando del
mejor modo posible la seguridad y engrandecimiento de la República, su crédito
interior y exterior, y la soberanía y libertad de cada una de las
provincias."
Pero donde más aparente se hace esta condición de la próxima e inmediata
reunión de un congreso general, es en la nota que pasó el gobierno de San
Juan, don Juan de la Cruz Vargas, instruyéndole del objeto de la misión que le
había confiado cerca de él el coronel borrego, gobernador entonces de Buenos
Aires, quien lo acreditó en decreto de 1° de septiembre de 1827.
"En la naturaleza misma de las cosas -dice el señor Vargas3 -está el que la República conozca su centro de
unidad mientras no se constituye, y la persona en quien delegaren las
autoridades provinciales, pueda expedirse desde luego en los dos ramos de la
guerra y relaciones extranjeras; al arbitrio de las autoridades provinciales les
es dado la elección de la persona que, nacional, pero provisoriamente, se
encargue de estos ramos hasta la reunión de un cuerpo nacional deliberante. Y
si una vez puede tener la jactancia el que suscribe de abrir opinión sobre la
persona que es indicada, se atreverá a señalar la del Excmo. gobernador de la
provincia de Buenos Aires.
"Porque, en primer lugar, tiene a la vista el mando del ejército que se
halla en campaña (el del Brasil), la escuadra nacional, o mejor dicho, los
restos de uno y otro; en lo segundo, por lo que hace a relaciones exteriores,
allí existen los ministros o agentes diplomáticos de las potencias que tienen
relaciones de amistad con nuestra República; en tercero, porque así se han
pronunciado algunas provincias, entre ellas novísimamente la de Mendoza por su
ley de 30 de septiembre que acaba de pasar, y finalmente, porque se encuentra
una garantía en su persona (Dorrego) contra el peligro de una "usurpación
abusiva" del mando, por cuanto ha dado una prueba nada equívoca en favor
de la autoridad de los pueblos, poniéndose al nivel de ellos, según se expresa
en su circular, y lo ha marcado con los primeros pasos de su gobierno, y según
finalmente lo ha comprobado eficaz e impertérritamente a la cabeza de la
oposición que derrocó (con influjo y esfuerzo de las provincias) aquellas
autoridades que abusaron de la sinceridad y confianza de los pueblos4.
Las provincias podrán libremente designarles las bases que quieran bajo el
supuesto de que si el gobierno de Buenos Aires se presta a encargarse de los
enunciados ramos, sólo será en fuerza de su patriotismo y por rendir un
servicio importante a la causa pública, pues sin disputa se halla en mejor
proporción y aptitud, que los demás gobiernos para prestarla.
"En seguida de esto, y por no continuar en la acefalía en que nos
observamos, debemos no perder momento en concurrir a la formación de un cuerpo
deliberante, sea congreso o convención preliminar a él, debiendo asegurar el
que suscribe que sería preferente la decisión por una convención desde luego,
más bien que un congreso constituyente, en razón de que pudiéndose reunir con
más brevedad la convención que el congreso, aquélla le dará a éste bases
fijas sobre que pueda expedirse con más acierto, en puntos determinados y
fijos, evitando así las oscilaciones, los errores y, si se quiere, los extravíos
o aberraciones que se han observado en los precedentes, cuanto porque al parecer
se pronuncian las más de las provincias, pudiendo asegurar el que habla estar
por ella las otras dos tan heimanablemente unidas a la de San Juan, en que
primero abrió su decisión5.
"Y como al decidirse esta provincia por la reunión de ese cuerpo
deliberante, ya sea convención o congreso, parece regular señalarle el lugar,
siendo aconsejado el que suscribe indicar el de San Lorenzo o el de Santa Fe, ha
podido hacer inclinar a las dos provincias en que ha tocado, por el punto de San
Lorenzo."
"Sería un abundar si el enviado que habla se detuviese en persuadir a S.
E. el señor gobernador, a la legislatura de la provincia, y a toda ella, que la
disposición de la de Buenos Aires es la de no separarse un punto de la voluntad
y opinión general, nivelando su conducta con la de toda la República,
respetando religiosamente lo que se sancionare por mayoría de los pueblos que
la integran, y que está pronta a dar todas las pruebas de franqueza y
confraternidad que sean necesarias para convencer que en sus consejos no entran
ideas interesadas ni mezquinas, y que el bien general, el honor y la dignidad de
la República es el punto céntrico, siendo de ello una prueba dada el haberse
puesto a la par de todas las provincias, tratándolas de igual a igual, así
como el digno jefe que la preside tiene adoptada la misma marcha con respecto a
los Excmos. gobiernos de toda la nación, cuya conducta se manifiesta sin asomos
de reserva en el lenguaje de la mencionada circular de 20 de agosto..."
En virtud de esta declaración de principios hecha de una manera tan solemne por
el enviado de Buenos Aires, la junta provincial de San Juan declaró en sesión
del 20 de octubre del mismo año, lo que sigue:
"Artículo 1º La provincia de San Juan autoriza al gobernador y capitán
general de la provincia de Buenos Aires para los negocios de guerra y relaciones
extranjeras hacía la reunión del Congreso Nacional.
"Art. 2º La provincia de San Juan autoriza igualmente al gobernador de
Buenos Aires para formar amistad, alianza ofensiva y defensiva con todas las repúblicas
del continente americano, y recabar la cooperación a la guerra, contra el
emperador del Brasil, etcétera.
Y como si la junta de representantes de aquella provincia temiese que el encargo
de las relaciones exteriores que hacía al gobierno de Buenos Aires alejase la
reunión próxima del congreso, que debía ponerle término en la misma sesión
en que concedía el encargo provisorio, y con la misma fecha, sancionó con
fuerza de ley lo que sigue:
"Artículo 1° La provincia de San Juan declara que no es su voluntad que
la nación subsista inconstituida.
"Art. 2° En su virtud, se decide por la formación de una convención o
congreso general que reorganice la nación y la constituya bajo de un gobierno
representativo, republicano, federal.
"Art. 3º La constitución que dé a la República el congreso general será
revisada y sancionada por la provincia."
El encargo provisorio de las relaciones exteriores de tal manera depende del
arbitrio de los gobiernos de las provincias, que cada vez que en Buenos Aires
había cambio de gobernador, se ha renovado con las mismas condiciones con que
fue otorgado la primera vez. Por la ley de la Sala de Representantes de la
provincia de San Juan, de 8 de agosto de 1836, se sancionó lo que sigue: "Artículo 1° La provincia de San Juan renueva la ley
de 20 de octubre de 1827, autorizando al Excelentísimo señor gobernador de la
provincia de Buenos Aires, don Juan Manuel de Rosas, para entender en los
asuntos nacionales de guerra y relaciones exteriores, hasta que se dé la
Constitución que ha de regir la República, y para formar alianza ofensiva y
defensiva con las demás repúblicas americanas."6
A continuación de esta ley está reproducido el tratado cuadrilátero, y la de
1833, que constituyó a San Juan parte integrante de la liga, con la intención
manifiesta de recordar al encargado que, en virtud del pacto federal vigente, se
reservaba el derecho de revocar tal encargo, invitar a la reunión del congreso
todos los derechos que emanan de dicho tratado que en su artículo 1º7
declara en "su vigor y fuerza los tratados anteriores celebrados entre los
mismos gobiernos". Así tenemos, pues, en esta provincia, mientras fue
regida constitucionalmente: 1º Los motivos, espíritu y límites del encargo en
la nota del enviado Vargas, que motivó la ley de 20 de octubre concediendo al
gobierno de Buenos Aires el encargo provisorio mientras se convoca el congreso
prometido. 2º Una ley de la misma fecha, mostrando la mente de la legislatura
de no conceder tal encargo sino hasta la inmediata invocación. 3º Renovación
del encargo en la persona del señor Rosas, por ley de 1836, mientras se reúne
el congreso, y 4º Reproducción a continuación del tratado cuadrilátero y de
su aceptación, para hacer constar los derechos del gobierno de la provincia a
invitar al congreso y retirar el encargo.
Tal es el derecho público escrito que rige no sólo el encargo de las
relaciones exteriores, sino también la iniciativa en la convocación del
Congreso Nacional.
El tratado cuadrilátero celebrado entre las provincias del litoral de los ríos
en 25 de enero de 1822, corroborado por el tratado del 4 de enero de 1831, a que
han adherido todas las provincias confederadas, establece como una de las
funciones de la comisión que ha de representar permanentemente en Santa Fe a
cada una de las partes contratantes. -"Invitar a todas las demás de la República,
cuando estén en plena libertad y tranquilidad, a que por medio de un congreso
federativo se arregle la administración del país bajo el sistema federal, su
comercio interior y exterior, su navegación, el cobro y distribución de las
rentas generales, y el pago de la deuda de la República." El estatuto
provisorio que se dio la provincia de Entre Ríos, en el mismo año 1822 en que
firmó el tratado cuadrilátero, da testimonio de este espíritu de dependencia
de la convocación del congreso general de las provincias. "La provincia de
Entre Ríos, en el de La Plata, se declara y constituye, con la calidad de por
ahora, y hasta la sanción y últimas declaraciones de un congreso general de
todas, sobre la forma de gobierno, en un formal estado y gobierno
representativo, dependiente, bajo las leyes que por estatutos se
establecen."
"2º Ella es una parte integrante de las Provincias Unidas del Río de la
Plata, y forma con todas una sola nación, que se reconocerá bajo aquel
dictado, u otro que acuerde el congreso general, a cuyas deliberaciones se
sujeta desde ahora, y promete estar y pasar por ellas sin contradicción, así
en esto como en todo lo demás que le corresponde."
La guerra civil que desoló la República desde 1829 hasta 1842 estorbó la
realización de ese voto unánime y sostenido por todos los pueblos en todas las
épocas y en todas las circunstancias. Habría sido de temer, sin duda, que una
vez autorizado cualquiera de los gobiernos provisionalmente confederados a
ejercer parte de las atribuciones del poder ejecutivo nacional, opusiese
resistencia, demoras y obstáculos, con este o el otro pretexto plausible, para
retardar la convocación del congreso; pues que ejerciendo provisoriamente el
poder nacional, el interés personal del gobernante así autorizado lo induciría
a conservarlo todo el tiempo que fuese posible. Pero contra esta usurpación,
por desgracia no sin ejemplo en la historia de los pueblos, ha quedado siempre
vigente al tenor literal del tratado cuadrilátero, y el derecho primitivo de
los pueblos y de sus gobiernos, que les permite hacer cesar lo que es provisorio
y pedir el cumplimiento de la condición en virtud de la cual se estipuló la
parte del convenio ya cumplido.
Los gobiernos confederados no pueden, legítimamente, prescindir de la convocación
de un congreso, ni estipular ellos de una manera irrevocable, por la sencilla
razón de que no puede sin monstruosidad chocante simularse un congreso de
gobernadores para constituir una nación, porque sería seguro que estipularían
acuerdos en su propio beneficio y conservación. El congreso tiene por base
constitutiva la elección de diputados ad hoc, elegidos por el pueblo a quien
van a constituir.
Resulta, pues, de la nota pasada al gobierno de San Juan por el comisionado
Dorrego gobernador de Buenos Aires, y en cuya virtud se le encargó a él, y
después a sus sucesores, la gestión de las relaciones exteriores:
1º Que es "del arbitrio de las autoridades provinciales" la elección
de la persona que nacional, pero provisoriamente, se encargue de los ramos de
guerra y relaciones extranjeras hasta la reunión de un cuerpo deliberante.
2º Que en virtud de ser el encargo provisorio, es revocable por las mismas
autoridades provinciales.
3º Que el gobierno de Buenos Aires, al solicitar por medio de enviados dicho
encargo, "ofrecía en su persona una garantía contra el peligro de una
usurpación abusiva del mando".
4º Que al pedir la autorización declaraba que no debía perderse momento para
la convocación de un congreso, condición y término de la solicitud.
5º Y último, que el tratado cuadrilátero, que es ley vigente de la
Confederación, a más de dar a cada una de las provincias, establece las
atribuciones que son de la competencia exclusiva del congreso, a saber:
-Arreglar la administración general del país bajo el sistema federal. -Arreglar su comercio interior y exterior. -Su navegación. -El cobro y distribución de las rentas generales. -El pago de la deuda pública.
Desde 1827, en que se anunció por el gobierno de Buenos Aires la próxima
convocación del congreso, y en que las provincias declararon ser su voluntad no
permanecer inconstituidas; desde 1831, en que se reservaba cada una la
iniciativa de la convocación, hasta 1850, que está para expirar, la palabra
congreso parece haber sido abolida de nuestro lenguaje político, y lo que se
dio como provisorio y de las circunstancias del momento tomarse por definitivo y
normal.
Si hay un gobierno a quien el decoro y la dignidad de su posición le imponen el
deber de no oponer resistencias a ese antiguo y postergado voto de la nación,
es el de Buenos Aires, por temor de que la historia lo culpe de querer confiscar
en provecho del simple gobernador de una provincia las facultades que sólo
puede ejercer la nación; por temor de que se crea que arrancó dolosamente a la
sinceridad de los gobiernos de las provincias una concesión condicional,
resuelto a no cumplir jamás con la condición expresa en cuya virtud se hacía
la concesión. Últimamente el reproche de usurpación de autoridad de que daba
garantías la persona de Dorrego, recaería sobre aquel que obteniendo la misma
concesión no reconociese lo que Dorrego reconoció para obtenerla, en su
circular de 30 de septiembre, en que dio una prueba "nada equívoca en
favor de la autoridad de los pueblos", "para convencer que en sus
consejos no entran miras mezquinas e interesadas", siendo de ello una
prueba dada el haberse puesto (Buenos Aires con la renuncia a la presidencia) a
la par de todas las provincias, tratándolas de igual a igual. Si esta perfecta
igualdad existe, el cargo de usurpación no tiene lugar.
Dadas estas bases, que convención posterior ninguna puede desvirtuar ni
invalidar, porque son la ley pública, el derecho nacional natural y escrito del
encargo de las relaciones exteriores, séanos permitido entrar en el examen de
los acontecimientos posteriores y en los resultados obtenidos por el encargado
provisorio. Desde luego salta a la vista que desde 1827, en que se hizo la
autorización provisoria, han transcurrido, hasta 1850, veintitrés años, sin
que la condición sine qua non de la convocación del indispensable congreso
haya tenido lugar; y como en 1850 no se habla ni por incidente de la intención
de convocarlo, la razón natural induce a creer que en 1860 aún no se hablará
de tal institución. El estado actual provisorio, aconsejado y pedido por el
gobierno de Buenos Aires, a condición de convocar un congreso, ¿será la ley
definitiva de la nación? ¿La República se ha escogido una capital sin que se
sepa el día ni la época en que tuvo lugar tal denominación? ¿Las provincias
han renunciado a su derecho, no sólo de ser oídas, sino de dar sus órdenes a
sus encargados, y reunidas en congreso proveer a las necesidades de todas y cada
una de ellas? ¿Por qué anomalía monstruosa sucede que una República
representativa federal no tiene congreso, mientras todas las repúblicas
americanas lo tienen, y aun los gobiernos despóticos de Austria y de la Prusia
han aceptado u otorgado constituciones que reglan el ejercicio de los poderes y
aseguran la libre expresión de la voluntad de los gobernados, representados
debidamente en asambleas y congresos?
Recomendamos estas consideraciones a todos los ciudadanos federales de la República
Argentina. Sobre ellos pesa el cumplimiento de sus propias promesas, sobre ellos
la decadencia de la República, su atraso en relación con las otras americanas.
El tiempo que pasa agrava la situación, cada día el mal se hace irremediable y
el estado provisorio que subsiste por veintitrés años puede subsistir
indefinidamente, y las provincias quedar en lo sucesivo a merced de los diversos
gobernadores de la ciudad de Buenos Aires.
La necesidad de la convocación inmediata del congreso que resulta del estudio
del derecho, no es menos imperiosa que la que nace del examen de los hechos
actuales. ¿Cuál es la situación actual de la República? Nuestras armas
sitian a Montevideo hace ocho años. Semejante duración es casi sin ejemplo en
la historia de las naciones. Nuestro encargado provisorio de las relaciones
exteriores ha creído comprometida la dignidad nacional en restablecer de viva
fuerza en la autoridad legal de una nación extraña al general Oribe. Ocho años
ha corrido la sangre argentina en una guerra exterior; ocho años hace que la
Francia y la Inglaterra han tomado parte en estas disidencias. Ocho años que, a
causa de ellas, la Francia tiene en su poder un punto importante de nuestro
territorio; y ocho años hace que las rentas de la nación, sus fuerzas, su
energía, se agotan y aniquilan en prosecución de aquella empresa. Acaso el
derecho está de nuestra parte; pero ¿debemos prolongar para siempre este
estado de cosas? ¿No pudiera buscarse un desenlace que dejase bien parado el
honor nacional, ahorrándonos para lo sucesivo las calamidades de un estado
permanente de guerra y las humillaciones que en las vicisitudes de los
acontecimientos humanos están reservadas, no para el injusto, sino para el débil?
Si somos fuertes, ¿por qué no hemos podido en ocho años ocupar una ciudad
despoblada, consumida por las disensiones y la miseria? Y si somos fuertes, ¿por
qué no emplear nuestras fuerzas en constituirnos de manera que todas las partes
constituyentes del Estado gocen de las mismas ventajas?
¿Tememos que las potencias extranjeras conquisten nuestro territorio? Pero esto
es precisamente el mal a que nos expondríamos negándonos a toda transacción y
a todo arreglo que no sea someter a los otros poderes contrincantes a hacer lo
que nosotros queremos.
El único resultado claro que han dado ocho años de luchas, hasta hoy estériles,
es que nuestros ejércitos estén fuera de los límites de la República, y que
la Francia retenga en su poder la isla de Martín García, que es la llave del
país. Si nuestro honor está comprometido en la lucha, ¿lo está por ventura
en reconocer ciegamente como la única conducta buena aquella que sigue el
encargado de las relaciones exteriores? ¿Amancilló su honor la orgullosa
Inglaterra, desaprobando altamente la conducta de sus encargados en los asuntos
del Plata, Mandeville, Purvis, Ousseley? ¿Se ha degradado la Francia
desconociendo los actos de Deffaudis, Gross, de Mareuil, Leprédour? Y lo que
tan grandes naciones han podido hacer sin mengua para satisfacernos de sus
buenas intenciones, ¿no podríamos hacer nosotros ante ellas y el mundo, para
que se viese que no era obstinación ciega, ni terquedad irreflexiva, lo que nos
impulsa a llevar el mantenimiento de lo que creemos nuestro derecho más allá
de los límites que la prudencia y el interés nacional exigen?
Lejos de nosotros la idea de exigir una desaprobación de la manera como se ha
desempeñado el encargo provisorio de mantener las relaciones exteriores hecho
al gobierno de Buenos Aires; pero nada parece más natural que las provincias
que lo encargaron, reunidas en congreso, reasuman la comisión, pidan cuenta del
encargo, oigan por sí mismas las quejas de las otras potencias, den la razón a
quien la tenga y adopten cualquier temperamento que conduzca a conciliar el
honor y la gloria de la Confederación con su progreso y sus intereses
destruidos por esta guerra sin fin. Un encargado irresponsable corre riesgo de
abandonarse en la gestión de los negocios públicos a los ímpetus de su carácter
personal, y dar por cuidado de los intereses de la nación, celo por su gloria,
lo que acaso no es más que terquedad, orgullo y falta de habilidad y prudencia.
CAPITULO II LAS PROVINCIAS UNIDAS DEL RÍ0 DE LA
PLATA, EL PARAGUAY Y LA REPÚBLICA DEL URUGUAY.
Para darnos idea de la gravedad de los negocios que reclaman imperiosamente la
convocación de un congreso general que ponga término a la lucha que por tantos
años ensangrienta las márgenes del Río de la Plata, debemos tener en cuenta
los diversos poderes interesados en su desenlace, y los altos intereses que
deben ser atendidos.
No es sólo una cuestión de la Confederación Argentina la que se debate, sino
la de las Antiguas Provincias Unidas del Río de la Plata, y a más, otra con la
Francia, que ha hecho nacer la ingerencia que sus nacionales emigrados a América
han tomado en los asuntos de Montevideo. Si las provincias que componen hoy la
Confederación Argentina, consultando la paz y esperando desde 1842 un próximo
desenlace, han podido abandonar sin trabas la gestión de sus relaciones
exteriores a su encargado provisorio, no sería justo exigir a Montevideo y al
Paraguay que se sometan a la decisión y a Ia voluntad de dicho encargado sin
que las provincias confederadas traten de buscar por sí mismas y reunidas en
congreso un medio de avenimiento y arreglo.
La voz pública atribuye al encargado de las relaciones exteriores el secreto
designio de reunir el Paraguay y el Uruguay a la Confederación Argentina. Créese
que el general Oribe, sometido al gobierno de Buenos Aires de diez años a esta
parte, obrando con fuerzas argentinas, no podría, aunque quisiera, en adelante
substraerse a la influencia del gobierno de Buenos Aires, que lo habría elevado
y lo sostiene en sus pretensiones. Cualquiera que sea la verdad a este respecto,
el hecho es que la República del Uruguay ha estado por diez años y permanece
complicada en intereses y pasiones de partido con la Confederación Argentina;
que su independencia definitiva no ha podido hacerse efectiva en el hecho,
estorbándolo la naturaleza de las cosas, los hábitos comunes a ambos pueblos y
sus verdaderos intereses.
Apreciando en su justo valor los desastres de que ha sido víctima Montevideo,
las ingentes fortunas destruidas, la campaña asolada y los millares de cadáveres
que ha costado esta fatal guerra, el observador, entristecido, se pregunta si en
el orden actual de cosas, y con una pacificación que no remedie radicalmente
los males, podrán Montevideo y Buenos Aires, desligados de todo vínculo político,
permanecer largos años en paz sin renovar sus querellas y envolver el país en
nuevos desastres. ¿Qué es lo que ha sucedido hasta aquí? El Uruguay dividido
en partidos, agitado por las ambiciones de sus caudillos, no ha podido
desprenderse de las Provincias Unidas de que fue segregado. La ambición del
general Rivera le hizo llamar en su auxilio a los argentinos que por millares
estaban aislados en Montevideo; y el general Oribe, para reponerse de su
vencimiento, buscó naturalmente el apoyo del gobierno de Buenos Aires. Como se
ve, y sin caracterizar ninguno de estos hechos, la fuerza misma de las cosas
atraía al Uruguay en sostén de sus bandos políticos nacionales, las
influencias y las fuerzas argentinas; y este hecho se repetirá siempre, con
iguales consecuencias desastrosas para el Uruguay como para la Confederación
Argentina; pues a nadie se oculta que las luchas entre Oribe y Rivera, de que
procedió la guerra actual, nos cuestan millares de vidas argentinas, todos los
recursos de la nación sacrificados durante diez años al empeño de restablecer
a Oribe, y la paralización de nuestro progreso, por la extenuación de las
provincias y la falta de recursos para emprender las obras de utilidad pública
que faciliten el comercio, como apertura de caminos, canales, navegación por
vapor, etc.
Que si consideramos al Uruguay en completa paz con la actual Confederación
Argentina, los males que es fácil prever no son menores que los que provienen
de la guerra. Montevideo y Buenos Aires, situadas a la embocadura del Río de la
Plata, recibiendo cada una de primera mano las mercaderías europeas, lucharán
cada una de por sí por absorberse el comercio del río, servir de almacén, de
depósito a las mercaderías, de centro de intercambio de productos, y por una
ruinosa competencia de favores y ventajas ofrecidas al comercio, o promoviendo
disturbios en el Estado vecino, trabajarán por arruinarse recíprocamente.
Hay quienes creen que la prolongación del sitio de Montevideo por ocho años
consecutivos, no obstante la superioridad de las fuerzas sitiadoras y la miseria
y la debilidad de los sitiados, tiene en vista arruinar lentamente a Montevideo,
en beneficio de Buenos Aires; y si este pensamiento es fundado, puede decirse
que el resultado ha ido más allá de lo que una política de destrucción podía
prometerse. Sitiados y sitiadores, orientales y argentinos, amigos y enemigos,
nacionales y extranjeros, todos han puesto la mano en la ruina del Estado
uruguayo. Oribe, para mantener un numeroso ejército, ha diezmado los ganados;
sus enemigos han asolado las campañas, la ciudad se ha despoblado, sus
edificios y plazas públicas han sido vendidos a vil precio, empeñadas sus
rentas, destruido su comercio, y un montón de ruinas reemplazado la pasada
prosperidad de Montevideo. Si Oribe penetra en Montevideo, es claro que con él
penetra la influencia argentina, en despecho de los odios confesados u ocultos
que labran a los orientales. Si la influencia argentina no triunfa, ¿se estará
quieto el encargado de las relaciones exteriores, sin estar tramando
secretamente nuevas complicaciones al Estado Oriental?
La posición del Paraguay con respecto a Buenos Aires no es menos precaria y
azarosa. Aquella remota porción del antiguo virreinato de Buenos Aires tuvo
para declararse independiente que sacrificar su comercio, su civilización, y
entregarse a un tirano sombrío, que, excitando el sentimiento de la
independencia y el odio a los argentinos y a los extranjeros, redujo a la
esclavitud más espantosa a sus conciudadanos; porque es la práctica de todos
los tiranos apoyarse en un sentimiento natural, pero irreflexivo, de los
pueblos, para dominarlos.
El nombre del doctor Francia sólo recuerda hoy todos los excesos, todas las
crueldades de un déspota. Muerto el tirano, el Paraguay, después de treinta años
de degradación y de miseria, se encuentra en los mismos conflictos con las
provincias argentinas, y sin haber avanzado un paso en su imposible conato de
ser independiente. Colocado aquel territorio en el interior de la América, a la
margen del río de su nombre, tiene cuatrocientas leguas de ríos argentinos
para ponerse en contacto con el comercio europeo. Su interposición en el tránsito
de los pueblos argentinos lo hacen, además, un obstáculo para el desarrollo de
estos últimos. Salta, Tucumán y Jujuy tendrían hoy una vía acuática por el
río Bermejo, si el doctor Francia no hubiese aprisionado al benemérito Soria,
que emprendió con suceso la navegación de aquel río hasta los confines del
Paraguay, donde fue detenido8.
La Confederación Argentina tiene, pues, un interés real en evitar para lo
sucesivo estos tropiezos opuestos a su comercio, como asimismo el Paraguay tiene
interés en ligarse con la Confederación Argentina para gozar de igual a igual
con Buenos Aires de las ventajas del comercio europeo.
Esta dependencia de la Confederación es común a la República del Uruguay,
cuya arteria de comercio interior es el Uruguay mismo, con sus tributarios que
desembocan arriba de la isla de Martín García, y, por tanto, queda
subordinado, como el Paraná, a la legislación que le imponga el Estado
poseedor de aquella isla, que sirve de fortificación de la entrada de los ríos.
De todas estas consideraciones resulta que la solución que haya de darse a la
cuestión del Plata no debe en justicia, y en previsión de males futuros,
entregarse a la dirección de un encargado provisorio, a quien puede cegar su
propio interés, o el de la provincia confederada que rige. En esta solución
final han de consultarse los intereses de cada una de las provincias que forman
la Confederación Argentina, los de la República del Uruguay y los del
Paraguay, todas y cada una interesadas en hacer un arreglo de sus relaciones
comerciales, de la navegación de sus ríos y de su independencia recíproca,
sin sacrificar los intereses de todas las provincias al interés de una de
ellas, ni el de todos los Estados contrincantes al de uno solo.
Este temperamento, a más de aconsejarlo la estricta justicia, lo reclama el
estado actual de la lucha. El encargado provisoriamente de las relaciones
exteriores, no obstante la energía de los medios empleados, no obstante los
inmensos recursos que la Confederación ha puesto en sus manos, no obstante el
inaudito poder con que ha sido investido, hasta poner las vidas y las fortunas
de los ciudadanos a su disposición, no ha podido en diez años de guerras
desastrosas, de negociaciones diplomáticas mil veces anudadas y rotas otras
tantas, terminar estas diferencias. Después de diez años, el general Oribe, a
quien creyó del deber y del interés de la Confederación Argentina restablecer
en el mando, está fuera de Montevideo; y en estos diez años tan calamitosos
para la Confederación y para el Estado del Uruguay, no sólo Montevideo no ha
sido sometido, sino que nuevas complicaciones han surgido. El Paraguay
permanece, como en 1812, sin situación política, y lo que es mil veces peor,
una potencia extranjera ocupa a título de rehenes un punto importante de la República.
El pabellón de Francia flota sobre las fortalezas de Martín García.
No maldigamos de la Providencia, que dispone y dirige los acontecimientos
humanos. Deploremos nuestros propios extravíos, que han concitado contra
nosotros tantos intereses y tantas pasiones; pero antes de entregarnos al
desaliento, busquemos el medio de conciliar nuestra dignidad nacional con los
intereses de los demás, y sacar del mal mismo de que somos víctimas el remedio
que ha de estorbar en lo sucesivo la repetición de iguales calamidades. Acaso
la Providencia ha querido favorecernos, poniendo límites forzosos a nuestros
deseos desordenados, y ligando de tal manera intereses diversos, que de la
solución que las circunstancias del momento exigen resulte la prosperidad de
los Estados del Río de la Plata y la libertad de los pueblos que los forman.
La República del Uruguay, como la provincia emancipada del Paraguay, repugnan
someterse a la antigua dependencia en que antes estuvieron de Buenos Aires.
Montevideo no tiene sino motivos de desconfianza y de odio contra su rival de
comercio y de posición en el Río de la Plata.
El Paraguay y el Uruguay no tienen interés alguno que los ligue a Buenos Aires,
que está fuera de sus rutas naturales de comercio. Estos dos Estados no tienen,
además, ningún motivo de deferencia por nuestro encargado de las relaciones
exteriores, cuyo nombre, cuya política, cuya voluntad, cuyo sistema de
gobierno, aparece hace quince años como la expresión legal del nombre, de la
política, de la voluntad y del sistema de gobierno de la Confederación
Argentina. El gobierno de Montevideo, como el general Oribe mismo, como el del
Paraguay, se negarían a entregar sus destinos en las manos de nuestro encargado
provisorio de las relaciones exteriores. La ciudad comerciante de Montevideo
resistirá ahora y siempre a someterse a su rival, la ciudad comerciante de
Buenos Aires.
El derecho escrito, por otra parte, de las fracciones del antiguo virreinato de
Buenos Aires, separadas más tarde, establece perentoriamente esta
independencia. En la convención celebrada el 11 de octubre de 1811, entre las
juntas gubernativas de Buenos Aires y del Paraguay9,
se establece, artículo V, que: "Por consecuencia de la independencia en
que queda esta provincia del Paraguay de la de Buenos Aires, conforme a lo
convenido en la citada contestación oficial del 28 de agosto último, tampoco
la mencionada Excma. Junta pondrá reparo en el cumplimiento y ejecución de las
demás deliberaciones tomadas por esta del Paraguay en junta general, conforme a
las declaraciones del presente tratado; y bajo de estos artículos, deseando
ambas partes contratantes estrechar más y más los vínculos y empeños que
unen y deben unir ambas provincias en una federación y alianza indisoluble, se
obliga cada una por la suya, no sólo a conservar y cultivar una sincera, sólida
y perpetua amistad, sino también a auxiliarse mutua y eficazmente en todo género
de auxilios, etc."
No es menos explícita, en punto de independencia de Buenos Aires, la convención
preliminar de paz entre el Brasil y la República Argentina que aseguró la
independencia de Montevideo, tít. V: "El gobierno de la República
Argentina concuerda en declarar por su parte la independencia de Montevideo y en
que se constituya en Estado libre o independiente en la forma declarada en el
artículo antecedente (bajo la forma de gobierno que juzgare conveniente a sus
intereses, necesidades y recursos)."
Art. X: "Siendo un deber de los dos gobiernos contratantes auxiliar y
proteger a la provincia de Montevideo hasta que ella se constituya plenamente,
convienen los mismos gobiernos en que, si antes de jurada la Constitución de la
misma provincia y cinco años después la tranquilidad y seguridad fuese
perturbada dentro de ella por la guerra civil, prestarán a su gobierno legal el
auxilio necesario para mantenerlo y sostenerlo. Pasado el plazo expresado, cesará
toda la protección que por este artículo se promete al gobierno legal de la
provincia de Montevideo, y la misma quedará en perpetua y absoluta
independencia."
Estas cláusulas de la convención preliminar ajustada, necesitan, para su
inteligencia y alcance, ser comparadas con las de las redacciones diversas que
en el curso de la negociación rechazaron constantemente como inadmisibles los
negociadores argentinos, y entre las cuales se encuentra ésta: "Las partes
contratantes se obligan a abstenerse, por sí, de toda ingerencia directa o
indirecta, y a estorbar de común acuerdo, con todos sus medios, la ingerencia
de cualquiera otra potencia europea en la formación de la constitución política
y gobierno que los habitantes de dicho Estado juzguen conveniente establecer. Él
será regido por autoridad del propio país ejercida por sus naturales; -será
asimismo declarado incapaz de ser incorporado a otro país por sumisión, por
federación, o de cualquiera otra forma a ningún otro Estado europeo o
americano."
Rechazado este artículo, que imponía límites a la independencia y a las
futuras formas de gobierno que la provincia de Montevideo quisiese darse, según
se lo aconsejasen sus intereses, resulta demostrado que la República del
Uruguay, si así fuere su voluntad, puede asociarse en federación a otro
Estado, sin traspasar los límites que el espíritu y la letra de la convención
preliminar de paz con el Brasil imponía a la independencia por ella asegurada.
Ahora preguntaríamos nosotros: Atendida la prolongación de la ruinosa lucha
que ha sostenido la República del Uruguay, sin desenlace posible hasta hoy;
atendida la inevitable fatalidad de su condición que la liga forzosamente a las
luchas políticas de la Confederación Argentina, como lo han demostrado los
veinte años de independencia ilusoria de que han gozado, atendida la
independencia de la Confederación en la que queda el río Uruguay; bajo el
dominio de la isla de Martín García, atendido que esta isla no puede serle
entregada porque le quedaría sujeta la navegación del Paraná, que domina
conjuntamente atendidos, en fin, los comunes intereses comerciales de ambos
Estados que la naturaleza ha ligado inseparablemente, atendidos tan sagrados
intereses, nosotros preguntaríamos a los sitiadores y a los sitiados en
Montevideo, aquellas dos partes de una nación empeñada ocho años en una lucha
fratricida, si hallan dificultad insuperable, invencible para asociarse al
Paraguay y a la República Argentina en una federación con el nombre de Estados
Unidos de la América de Sur, u otro que borre todo asomo de desigualdad.
Preguntamos al general Oribe, que obedece al general argentino Rosas hace diez años,
sin reserva, sin contradicción, usando para sus propósitos del poder, de los
recursos, de la sangre de los argentinos, si encontraría absurdo, chocante,
reconocer la autoridad de un congreso general, compuesto de orientales y
argentinos, para arreglar en común los intereses de los Estados del Plata.
Preguntamos igualmente a la ciudad de Montevideo, cuya suerte depende de
auxilios extranjeros, que de un día a otro puede por la suerte ser entregada a
la merced de su enemigo, si en lugar de someterse a su rival Buenos Aires no se
encontraría bien servida formando parte de un grande Estado, cuyas leyes fuesen
igualmente equitativas para Buenos Aires como para Montevideo, poniendo término
al estado provisorio de la Confederación Argentina, que da existencias al poder
provisional, pero terrible e ilimitado, de que está investido el encargado de
las relaciones exteriores.
Nuestro ardiente deseo de ver terminarse una lucha fratricida que tiene
escandalizado al mundo, avergonzada a la América, aniquilada la riqueza de
Estados que debieran ser florecientes, y aherrojada la libertad de los pueblos
que más sacrificios han hecho por dársela, no nos alucina hasta creer que
todas las partes interesadas acogerían con ardor la solución que ofrecemos a
la situación actual. ¡No! No es así como obran de ordinario los gobiernos ni
los partidos. El grito de las pasiones sofoca casi siempre la voz templada de la
razón, y el interés personal del ambicioso se antepone de ordinario al interés
duradero de la patria.
Proponemos una transacción, fundada en la naturaleza de las cosas, y,
afortunadamente, Estado alguno de los comprometidos en la lucha es dueño de su
voluntad en este momento. El general Oribe depende del encargado de las
relaciones exteriores que lo sostienen. El encargado provisorio depende de los
gobiernos de las provincias federales que le confiaron el poder de
representarlas, y pueden retirárselo.
El Paraguay está subordinado a la embocadura de los ríos que le sirven de
intermediarios con el comercio europeo. Montevideo depende de los subsidios que
la Francia le adelanta para sostenerse. La Confederación Argentina, el Paraguay
y la República del Uruguay están, en fin, dependientes de la posesión de la
isla Martín García, que es la llave del comercio del Paraguay y del Paraná y,
por tanto, de los intereses de Montevideo, Buenos Aires, Santa Fe, Corrientes,
Entre Ríos, el Paraguay y todas las provincias enteras.
No hablemos, pues, de derechos imprescriptibles; no busquemos en una tenaz y
culpable obstinación la solución de las dificultades que nos asedian. Tomemos
consejos de las circunstancias, y demos a cada uno lo que legítimamente tiene
derecho de exigir, sin perjudicar a los demás. Si la violencia ha de emplearse
para compeler a una transacción, que sea la que imponga la voluntad del mayor número
al menor. Nuestro derecho escrito así lo establece. El gobierno de Buenos
Aires, al solicitar de las provincias el encargo provisorio de las relaciones
exteriores, prometió solamente "oponerse al nivel de las provincias",
"esperar religiosamente lo que sancionase la mayoría de los pueblos que
reintegran la República"... "por cuanto ha dado pruebas nada equívocas
en favor de la autoridad de los pueblos"10.
Los Estados Unidos de Norte América, tan celosos de sus libertades de Estados
confederados, sancionaron, al organizar la Federación, que si las tres cuartas
partes de los Estados reconocían la Constitución, éstos compelerían por la
fuerza de las armas a los disidentes a conformarse con ella. Las provincias
argentina reunidas en congreso, y el Paraguay y los diversos partidos que luchan
en las murallas de Montevideo, pueden, pues, compeler con sus armas y el auxilio
de la Francia a someterse a la decisión del congreso general, a cualquier
gobierno que, abusando de su fuerza y de su posición, se negase por intereses
particulares, suyo o de su provincia, a entrar en un arreglo definitivo de este
triste estado de cosas, que ha hecho del Río de la Plata la fábula del mundo,
y un caos de confusión y de desastres.
Lejos de nosotros la idea de querer someter a la República del Uruguay ni al
Paraguay a condiciones que no hayan sido libremente discutidas y aceptadas por
ellos. Lejos de nosotros la ruinosa idea de querer que Montevideo abdique su
rango y sus ventajas comerciales en favor de Buenos Aires, su rival de posición,
como tampoco que el Paraguay acepte las condiciones que para su libre comercio
quieran imponerle las ciudades ribereñas de los ríos que median entre su
territorio y el mar. Por esto es que pedimos la reunión de un congreso general,
en que el pacto de unión y federación se establezca bajo tales bases, que
todas las partes contratantes encuentren garantías de ser respetadas en sus
intereses y libertad política y comercial.
En virtud de estos mismos principios, el encargo de las relaciones exteriores
debe cesar por la convocación inmediata del congreso, cuya ausencia se propuso
suplir por sólo algunos meses.
Las grandes ciudades de Montevideo, Buenos Aires, ni la Asunción del Paraguay,
pueden servir de centro a las concesiones, porque ellas son las que han
sostenido y alimentado entre sí la lucha que por tantos años ha devorado la
substancia de los pueblos; y el espíritu de conciliación que debe presidir en
este deseado arreglo, como el estudio de los intereses vitales de cada una de
las provincias confederales, aconsejan que se remuevan desde ahora todos los
motivos de celos, de irritación, y todos los recuerdos desagradables que puedan
obstar a la pronta pacificación del Río de la Plata y a la organización
definitiva de la Confederación.
Lo que no es sino una previsión natural con respecto a la influencia de
aquellas ciudades, se convierte en un hecho, cuando se aplica al encargado de
las relaciones exteriores, quien, cualquiera que sea el patriotismo que le
atribuyamos, sus antecedentes, su posición, le obligan a seguir fatalmente en
adelante la misma línea de conducta que ha seguido en diez años. Por otra
parte, el encargado provisorio, debiendo concluir en su encargo en el momento
que se nombra y reúna el congreso, su interés personal, cualesquiera que sus
virtudes sean, le inducirá a oponer obstáculo a la cesación del poder que
inviste, pues aunque provisorio, es tan extenso e ilimitado, como no sería si
fuese duradero y regular.
En 1833 el general Quiroga exigió la convocación del congreso, retardada desde
1829 por nuestras disensiones; y no obstante que entonces la República gozaba
de completa paz interior y la opinión federal había triunfado en el gobierno
de todas las provincias, el de Buenos Aires encontró y expuso razones más o
menos plausibles para oponerse a la deseada convocación, con el fin, es preciso
no disimulárselo, de perpetuar el encargo de las relaciones exteriores de que
estaba en posesión y de que podría exonerarlo el congreso. El voto, pues, del
gobernador de Buenos Aires contra la inmediata convocación del congreso sería,
no nos cansaremos de repetirlo, sospechoso de intentar la usurpación del poder,
contra la cual protestaba el coronel Dorrego al solicitar el dicho encargo. CAPITULO III LA CAPITAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DEL RÍO
DE LA PLATA.
Hay un hecho notable en la historia de la República y de la Confederación
Argentina, y es que nunca ha reconocido una capital, y que el partido federal se
opuso a la constitución unitaria de 1826, porque Buenos Aires era designada
como centro de los poderes políticos que dicha constitución creaba. Los
enviados del coronel Dorrego a las provincias, inmediatamente después de la
disolución del Congreso de 1826 a fin de recabar de los gobiernos federales el
encargo provisorio de los ramos de Guerra y Relaciones Extranjeras, indicaron a
nombre del Gobierno de Buenos Aires como punto de reunión del próximo
Congreso, a San Lorenzo, o Santa Fe, ambos puntos fuera del territorio de Buenos
Aires, a fin de no herir las susceptibilidades de las provincias; y aunque el
enviado cerca del Gobierno de San Juan se inclinase a hacer preferir a San
Lorenzo, la Convención de diputados se reunió en Santa Fe, como punto más
independiente de Buenos Aires.
El tratado cuadrilátero adicionado que sirve de pacto provisorio de la actual
Confederación Argentina, a más de establecer la obligación de cada provincia
contratante de invitar a Congreso en el momento que la paz interior se
restableciese, estipuló en sus artículos adicionales de 1831 que: "Interin
durase el estado de cosas, y mientras no se restablezca la paz pública en todas
las provincias de la República, residirá en la capital de Santa Fe una comisión,
compuesta de un diputado por cada una de las provincias litorales, cuya
denominación será Comisión representativa de los gobiernos de las provincias
litorales de la República Argentina, cuyos diputados podrán ser removidos al
arbitrio de sus respectivos gobiernos cuando lo juzguen conveniente, nombrando
otros inmediatamente en su lugar."11
Citamos esta cláusula para mostrar cuál fue el pensamiento dominante de los
pueblos con respecto al lugar adecuado para la reunión de un Congreso
deliberante. Aquellos motivos, acaso infundados, de temor a la influencia
demasiado poderosa de Buenos Aires, toman hoy nueva fuerza de la circunstancia
de ser aquella ciudad la residencia del Encargado de los negocios exteriores,
facultado con la suma del poder público por la legislatura provincial, en
virtud de la cual los diputados del Congreso deliberante quedarían por solo
hecho de estar en la ciudad de Buenos Aires bajo el régimen de dependencia del
poder absoluto que inviste el gobernador de aquella provincia, y por tanto,
privados de toda independencia de la emisión, por la prensa y en la tribuna de
sus opiniones.
Ni se concibe cómo un congreso que puede residenciar al encargado de las
relaciones exteriores sobre el uso que de tal encargo ha hecho en veintitrés años,
puede estar bajo la jurisdicción irresponsable de ese mismo encargado. Pero la
cuestión toma mayor gravedad cuando se considera que van a arreglarse en este
Congreso las diferencias que existen entre las ciudades de Buenos Aires y
Montevideo, y a dar su legítima representación, no sólo a cada una de las
provincias de la Confederación, sino al Paraguay, y tanto a los orientales que
siguen las banderas del general Oribe como a los orientales que se defienden
dentro de las murallas de Montevideo.
Ni sería fuera de propósito que los argentinos que están expatriados en el
Brasil, Uruguay, Chile y otros puntos hiciesen oír su voz en cuestiones que son
de interés general, y que por la naturaleza misma del asunto tienen por base
reconocer los principios federales como única base posible de unión que
admitiría el Paraguay y Montevideo.
El local para la reunión del congreso general ha de estar de tal manera
situado, con tales garantías resguardado, que todas las opiniones se hallen en
completa libertad, todos los intereses respetados, y todas las susceptibilidades
puestas a cubierto de cualquier viso de humillación. Si no existiera este lugar
privilegiado en el Río de la Plata, debiera inventarse uno que estuviese al
abrigo de toda conexión e influencia de los diversos Estados. Si no hubiese una
nación que por su respetabilidad pudiese garantir este terreno neutro, debiera
invocarse la protección de alguna de las que han tomado parte en la cuestión
del Plata.
Afortunadamente el local existe, y es célebre ya en la historia de las colonias
españolas por la reunión de los diputados de las coronas de España y
Portugal, para transigir por medio de convenios amigables prolongadas cuestiones
de límites y poner, como al presente, término a guerras asoladoras. La nación
garante de la libertad de las discusiones del congreso posee este punto del
territorio, y el medio de hacérselo devolver a la Confederación sería ponerse
en posesión de él el congreso general, quedando desde este momento sometido a
su jurisdicción.
Hablamos de la isla de Martín García, situada en la confluencia de los grandes
ríos, y cuya posesión interesa igualmente a Buenos Aires, a Montevideo, al
Paraguay, a Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes, cuyo comercio está subordinado
al tránsito bajo las fortalezas de esta isla. Ocupándola el congreso, la
ocuparán al mismo tiempo todas las provincias, todas las ciudades interesadas,
todos los Estados confederados. Ocupada la isla central por el congreso, quedaría
garantizada la libertad comercial de todos los Estados contratantes, sin el
peligro que hoy subsiste de que devuelta a la jurisdicción del gobierno de
Buenos Aires la libertad comercial de Entre Ríos, Santa Fe, el Paraguay y el
Uruguay sean en lo sucesivo sometidas a las regulaciones que quiera imponerles
en su propio provecho el gobierno poseedor de la isla fortificada y dejar con
esto subsistentes motivos de conflictos futuros.
Y siendo la cuestión principal, por no decir la dificultad más seria, que en
todos los países y en todos tiempos ha ofrecido la unión de diversos Estados o
provincias en una federación, la ciudad capital que deje a cada una de las
partes contratantes en toda libertad a que por este sistema aspiran, todos
nuestros estudios, dirigidos por la más severa imparcialidad, deben consagrarse
a examinar si la isla de Martín García, colocada hoy por circunstancias fuera
de la influencia de los gobiernos argentinos, puede servir de capital permanente
de la posible Unión, y si por su colocación geográfica es el centro
administrativo, económico y comercial, forzoso, indispensable, para asegurar la
reciprocidad de ventajas que los Estados confederales deben prometerse de su unión.
Téngase presente que la Gran Federación de los Estados Unidos, el modelo de
las repúblicas modernas y el tipo que tuvieron a la vista los federales de
todas las Provincias Unidas del Río de la Plata, tropezaron con la misma
dificultad que la República Argentina encontró desde los principios para
constituirse. Como a las márgenes del río de la Plata Buenos Aires, a orillas
del Atlántico Nueva York era, en la época de constituirse los Estados Unidos,
la ciudad más rica, más populosa y por tanto más influyente de las colonias
inglesas emancipadas; pero a causa de esta misma superioridad los demás Estados
y las ciudades de Filadelfia, Baltimore, Boston, etc., se negaban tenazmente a
aumentar la desproporción de poder e influencia que existe naturalmente entre
ellas y Nueva York, dando esta última mayor poder, haciéndola la residencia de
los poderes federales.
La prudencia de los patriotas norteamericanos halló al fin en la creación de
una nueva ciudad, Washington, para que sirviese de capital a la Unión, un
expediente pacífico que conciliase las pretensiones opuestas de las diversas
ciudades que pudieron entrar en la asociación sin sentirse dependientes las
unas de las otras. Nueva York, Boston, Baltimore, etc., quedaron en posesión de
todas sus ventajas de posición, riqueza y comercio, dependiendo sólo de las
leyes generales de la improvisada capital.
Martín García llenaría aún mejor, que Washington entre nosotros el
importante rol de servir de centro administrativo a la Unión. Por su condición
insular está independiente de ambas márgenes del río; por su posición geográfica
es la aduana común de todos los pueblos riberanos, entrando desde ahora en
mancomunidad de intereses comerciales y políticos el Paraguay, Corrientes,
Santa Fe, Entre Ríos y la República del Uruguay; por su situación estratégica
es el baluarte que guarda la entrada de los ríos; y puesta bajo la jurisdicción
del gobierno general de la Unión será una barrera insuperable contra todo
amago de invasión. Las ciudades de Buenos Aires y Montevideo, regidas por unas
mismas leyes comerciales, quedan en ambas riberas de la boca del Plata, gozando,
como no han podido gozar hasta aquí, de las ventajas de su contacto con el
comercio europeo, a causa de la rivalidad que abrigan y que las hace propender a
engrandecerse la una con ruina de la otra.
Bastarían a nuestro juicio estas ventajas para decidir en favor de la
capitalización de Martín García, aun a aquéllos que menos simpatías tengan
con el sistema federal. Mas hay otras consideraciones que deben tenerse
presentes para la grave solución de este asunto, y que trataremos de exponer
detalladamente. La riqueza de las naciones, y por consecuencia su poder,
proviene de la facilidad de sus comunicaciones interiores, de la multitud de
puertos en contacto con el comercio de las otras naciones. La Francia, por
ejemplo, en Europa, debe su esplendor a las vías de comunicación fluvial que
le permiten exportar sus productos con poco recargo de costos de transporte por
el Loire y el Garona al Atlántico, por el Sena al canal de la Mancha, por el Ródano
al Mediterráneo, por el Rin al Zuiderzé o mar del Norte, que la pone en
comunicación con el Báltico.
Sus numerosos puertos en tres mares distintos la hacen el centro de un vasto
comercio, con el Levante y África, por Marsella, con América por Burdeos, y El
Havre, por la costa del Rin con la Alemania, la Holanda y la Bélgica. El canal
del Languedoc establece entre el Ródano y el Garona una vía de comunicación,
criterio que facilita por el corazón de la Francia el transporte de las
mercaderías de un mar a otro. La Inglaterra, por su forma insular, presenta
puertos a todos los mares y en todos los extremos, facilitando una red de
caminos de hierro para la pronta circulación de los productos por por todos los
extremos del Reino Unido.
Los Estados Unidos de Norteamérica son la maravilla de la fácil comunicación
de todos los extremos de la Unión con el comercio europeo, y de todos los
Estados centrales con las costas, por medio de canales, ríos, ferrocarriles y
caminos. Por el norte la cadena de lagos más extensa de la tierra y el San
Lorenzo abren al comercio europeo los Estados de Illinois, Indiana, Ohio,
Pensilvania y Nueva York; por el Este están en comunicación con el Atlántico,
Maine, Hampshire, Massachusetts, Connecticut, Nueva York, Delaware, Nueva
Jersey, ambas Carolinas, Georgia y Florida; por el Sur con el Golfo de México,
la Luisiana, Alabama y por el Mississippi con el mismo golfo, los Estados bañados
por el estuario que forman el Missouri, el Arkansas, el Ohio, el Illinois y
otros muchos ríos que miden entre sí diez mil millas de navegación; y este
prodigioso conjunto de puntos de contacto con el comercio exterior, ligado por
el más grande sistema de canales artificiales y de caminos de hierro que exista
en nación alguna de la tierra, esta exposición de todos los Estados y este fácil
contacto con el comercio exterior, sin contar con los nuevos establecimientos de
Oregon y California en el Pacífico, hacen de los Estados Unidos, no sólo el
Estado más poderoso del mundo, sino que asegura la libertad e independencia de
cada Estado de la Unión, respecto a los demás Estados unidos. El comercio
extranjero acumula en los puntos que frecuenta, población y riqueza; y la
riqueza y la población de una ciudad acumulan poder, recursos, inteligencia e
influjo, que van más tarde a obrar sobre los otros pueblos, colocados en
situaciones menos aventajadas.
Si se consulta el mapa geográfico de la República Argentina se notará que es,
casi sin excepción de país alguno de la tierra, el más ruinosamente
organizado para la distribución proporcional de la riqueza, el poder y la
civilización por todas las provincias confederadas. Al Oeste las escarpadas
cordilleras de los Andes, que embarazan la comunicación inmediata con el Pacífico
a las provincias de Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca, Salta, Jujuy y Tucumán;
y como si los obstáculos naturales no fuesen bastantes para estorbar el
desarrollo de aquellas provincias, el encargado provisorio de las relaciones
exteriores, por un decreto que carece de antecedentes en la historia de los
gobiernos, ha puesto obstáculos al comercio en aquellas provincias con Chile y
a su ya difícil contacto con los mercados extranjeros por esta parte. | ||||||